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Instrucciones atención educativa alumnado vulnerable y/o con familiares convivientes vulnerables

Os adjuntamos las instrucciones para la atención educativa al alumnado que por su vulnerabilidad o la de convivientes no deba acudir al centro, así como la atención educativa que deben recibir.

Podrá ser destinatario de esta actuación cualquier alumna o alumno que acredite mediante informe médico cualquiera de las enfermedades que suponen riesgo vital por exposición al coronavirus, de las que se indican en el Anexo II, para sí mismo o para una persona conviviente.

El padre, madre o representante legal hará la solicitud al Director o Directora del centro educativo. La solicitud se acompañará del informe o informes médicos que procedan y del certificado de empadronamiento actualizado, cuando la situación de riesgo vital corresponda a un conviviente del alumno o alumna.

La dirección del centro comprobará que la solicitud cumple las condiciones establecidas para conceder la atención educativa no presencial, según lo establecido.

INSTRUCCIONES Atención Educativa no presencial vulnerables

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